Caja de Resistencia Educativa en Cataluña
¡Apoya la lucha educativa!
¿Cómo se decide donde va el dinero?
Los recursos económicos se destinarán, por orden de prioridad, a:
- Acompañamiento jurídico, es decir gastos por honorarios de abogados.
- Represión económica, como por ejemplo multas.
- Gastos de campaña y difusión (papelería, pancartas, comunicación, etc.)
- Compensación de jornadas de huelga para trabajadores/as que no puedan asumir la pérdida salarial.
¿Quién gestiona la CREC?
Está gestionada por un grupo de 5 personas avaladas en una asamblea territorial y presentadas a la Coordinadora d’Assemblees Educatives de Catalunya, que realizan las siguientes tareas: recepción y validación de solicitudes, asignación de recursos según el orden de prioridad y seguimiento económico asegurando la transparencia.
¿Por qué lo hacemos a través de la Fundación Coop57?
Coop57 es una cooperativa de crédito que trabaja en el tercer sector y que tiene su propia fundación como herramienta para los movimientos sociales. Hacemos una apuesta ideológica para trabajar con ellos. Además la estructura legal de la Fundación permite a los donantes a la CREC desgravarse hasta un 80% en la declaración de la renta.
Transparencia y fiscalidad
Iniciamos la construcción de esta caja de resistencia a través de esta plataforma digital para poder ver de forma transparente cuáles son las aportaciones a la caja ya qué irán dedicadas, a la vez que nos sirve como canal para explicar las acciones y movilizaciones, las muestras de apoyo y las victorias que irán sucediendo a lo largo de estos 6 meses. Pasados estos 6 meses, se hará el seguimiento a través de las webs de los sindicatos de inquilinos involucrados.
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La Fundació Coop57 gestiona las presentes donaciones solidarias. De acuerdo con los artículos 18, 19 y 20 de la Ley 49/2002, modificada a raíz de la pandemia de la Covid19 para estimular el apoyo y la financiación a iniciativas sociales (Real Decreto-ley 17/2020 de 5 de mayo (BOE 6/5/2020), se modifican y amplían las deducciones fiscales en las siguientes condiciones:
Persona física: Podrá deducir, en la declaración de la renta, el 80% de su donación para los primeros 150€ y el 35% por la cantidad restante. Si las donaciones se mantienen o ascienden en años sucesivos, el porcentaje de deducción aplicable, a la cantidad que exceda de los 150 €, será del 40%.
Persona jurídica: Podrá desgravar el 35% de su donación en el Impuesto sobre Sociedades. Las donaciones se mantienen o suben en años sucesivos, el porcentaje de deducción aplicable será del 40%.
Tanto las personas físicas como jurídicas recibirán el correspondiente certificado fiscal, expedido por la Fundación Coop57, durante el primer trimestre de 2025, antes de la apertura del período de declaración de la renta. La donaciñon también les saldrà automáticamente en el borrador de la declaración, dado que ya habrán sido comunicadas oportunamente a las autoridades tributarias.
Summum