Caja de resistencia para huelgas de alquileres
Llenemos una hucha de solidaridad para hacer posibles las huelgas de alquileres que ya están empezando a organizarse
Condiciones de les donaciones de apoyo a la campaña del Sindicat de Llogateres de Catalunya y el Sindicato de Inquilinas de Madrid
La Fundació Coop57 gestiona las presentes donaciones solidarias. De acuerdo con los artículos 18, 19 y 20 de la Ley 49/2002, modificada a raíz de la pandemia de la Covid19 para estimular el apoyo y la financiación a iniciativas sociales (Real Decreto-ley 17/2020 de 5 de mayo (BOE 6/5/2020), se modifican y amplían las deducciones fiscales en las siguientes condiciones:
Persona física: Podrá deducir, en la declaración de la renta, el 80% de su donación para los primeros 150€ y el 35% por la cantidad restante. Si las donaciones se mantienen o ascienden en años sucesivos, el porcentaje de deducción aplicable, a la cantidad que exceda de los 150 €, será del 40%.
Persona jurídica: Podrá desgravar el 35% de su donación en el Impuesto sobre Sociedades. Las donaciones se mantienen o suben en años sucesivos, el porcentaje de deducción aplicable será del 40%.
Tanto las personas físicas como jurídicas recibirán el correspondiente certificado fiscal, expedido por la Fundación Coop57, durante el primer trimestre de 2026, antes de la apertura del período de declaración de la renta. La donaciñon también les saldrà automáticamente en el borrador de la declaración, dado que ya habrán sido comunicadas oportunamente a las autoridades tributarias.